Seguimiento de enviaos Internacionales
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CORREO MASIVO
Por Resolución Nº 205/04, de la Direccion de Correos, se establece una nueva categoría de admisión de envíos denominada "CORREO MASIVO NACIONAL", constituida por correspondencia simple del Servicio Postal Universal, de hasta 20 gramos de peso, depositados en el país, cuya cantidad no sea inferior a 100 (cien) piezas postales.
Podrán ser aceptados dentro de la categoría de "CORREO MASIVO NACIONAL" las Cartas, Tarjetas, Impresos, Materiales Publicitarios, Facturas, Extractos de Cuentas y afines, sean ensobrados o al descubierto, depositados por personas físicas o jurídicas para su entrega en cualquier punto del territorio de la República.

Los envíos de "CORREO MASIVO NACIONAL" podrán ser depositados en las Agencias y Sucursales de Correos de la capital, área metropolitana e interior, autorizadas. Cuando el depósito se realice en el Correo Central, la Oficina de Franqueo a Pagar será la responsable de recibir, contabilizar, procesar y encaminar los envíos al área operativa, y entregar al cliente la boleta de depósito consignando la cantidad total de envíos para el abono del servicio en Ventanilla o debitar en la Cuenta Corriente del Cliente, cuando éste tenga relación contractual vigente con la Direccion de Correos.

Se Establece la siguiente escala de tarifas para el "CORREO MASIVO NACIONAL" en función de la cantidad de piezas depositadas por cada vez, para clientes ocasionales, y mensualmente para clientes con Cuenta Corriente.

De 100 a 499 piezas Gs. 600
De 500 a 999 Piezas Gs. 500
De 1.000 a 2.999 Piezas Gs. 400
De 3.000 a mayor cantidad Gs. 300